viernes, abril 19, 2024

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Democracia Directa hacia la “Democracia Participativa Directa” Capítulo primero (continuación 3). Por Servio Pérez

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Democracia Directa hacia la “Democracia Participativa Directa”

Capítulo primero (continuación 3).

Como prometimos anteriormente hemos arribado a la tan necesaria y ya muy prometida Democracia Directa, necesaria para asentar la Democracia Participativa en nuestro país, por lo que volviendo a nuestro tema, hemos señalado que la Democracia Directa también llamada Democracia Pura, es una forma de democracia en la cual el poder es ejercido directamente por la población (sus ciudadanos) reunidos todos en asamblea.

Pero antes de adentrarnos al estudio propiamente dicho de nuestra materia, cabe indicar, que por instituciones de democracia directa, debemos entender que son las diversas formas de participación políticas que se realizan a través del ejercicio del voto directo y universal. Su objetivo principal es involucrar al conjunto de la ciudadanía en el proceso de toma de decisiones sobre los asuntos de Estados.

Es aquí parte de su importancia, ya que dependiendo de las atribuciones de esta asamblea, la ciudadanía podría aprobar o derogar leyes, así como elegir a los hombres y mujeres que pasarán a formar parte de la administración pública, basándose en los cinco elementos de la administración que a continuación citamos (1ero.- Planeación, 2do.- Organización, 3ero.- Dirección, 4to.- Coordinación y 5to.- Control), que en el otrora eran llamados Secretarios (as) de Estado, Funcionarios Públicos, hoy Ministros, y en un mañana ya no muy lejanos Administrador o Administradores del Estado. La democracia Directa contrasta con la Democracia Representativa (Capitalista y Neoliberal), pues en esta última, el poder lo ejerce un pequeño grupo de representantes, generalmente elegidos por sus ciudadanos, lo que sin dudas eso quedará en el pasado ya que en Democracia Directa es la población quien ejerce su soberanía directamente sin la intermediación de órganos representativos, llevando por norma anular aquellos órganos representativos que suelen ser punta de lanza para llevar a cabo las operaciones representativas que normalmente obran en detrimento de sus ciudadanos.

Un ejemplo de Democracia Directa la podemos percibir en Suiza, ejemplo de la democracia en estado puro, tal como la vivieron sus fundadores atenienses, (se practica en Suiza) esto así ya que sus decisiones son tomadas por sus ciudadanos quienes constituyen la población soberana siempre reunidos en asamblea, dónde se resalta que no existen representantes de la población, sino, en todo caso, delegados que se hacen portavoces de todos los ciudadanos, que únicamente emiten el mandato asambleario. Estamos pues, ante las puertas de un nuevo sistema que trata del tipo de democracia preferido no sólo por los demócratas de la Antigua Grecia, sino también para muchos pensadores modernos (Rousseau, por ejemplo) y para una buena parte del Anarquismo, que hoy y ahora tiramos la alfombra para estudiarla, conocerla y aplicarla por todo lo alto en nuestra amada República Dominicana.

Sus diferentes elementos con lo que cuenta se ven en la Democracia Participativa, son éstos, citamos: La consulta popular, Plebiscito o Referéndum, son términos que se utilizan indistintamente en los diferentes países de América Latina para hacer referencia al más común y a la vez más utilizado de los mecanismos de Democracia Directa. Si bien algunos distinguen entre Plebiscito (consulta directa a los ciudadanos sobre materias políticas de gran importancia) y Referéndum (consulta popular que versa sobre la aprobación de textos legales o constitucionales) es oportuno señalar que en esta entrega empleamos el término Consulta Popular para referirnos indistintamente a estos mecanismos.

La Consulta Popular puede ser Obligatoria Automática o Facultativa, y podemos definirlas de la manera siguiente, veamos: Obligatoria cuando se está frente a un caso previsto específicamente en la Constitución, y (b) las Consultas Facultativas pueden ser divididas en dos grupos: (a) Cuando la iniciativa proviene «desde el propio Estado» (es decir cuando son los órganos estatales los que asumen la responsabilidad de poner en marcha el mecanismo) y (en lo particular la mas hermosa y significativa de las dos) (b) Cuando la iniciativa proviene «desde la propia población», es decir de la propia ciudadanía.

Finalmente, hay democracia directa cuando la decisión es adoptada directamente por los ciudadanos que componen la población, quienes ejercerán sus derechos constitucionales unidos en hermandad, mediante referéndum, plebiscitos vinculantes, elecciones primarias, facilitación de la iniciativa legislativa popular y votación popular de leyes, concepto que incluye la Democracia Líquida, “La Democracia Líquida es la Democracia Directa con delegación de voto. En la Democracia Líquida cada ciudadano tiene la posibilidad de votar cada decisión y realizar propuestas”.

Estas cuatro elementos no son excluyentes y suelen integrarse como mecanismos complementarios en algunos sistemas políticos, aunque siempre suele haber un mayor peso de una de las cuatro formas en un sistema político concreto.

Como dato innovador sobre la Democracia Directa tenemos que existe la Democracia Directa Electrónica o Democracia Directa Digital, por lo que podemos entender que resulta muy amplio su estudio y posterior comprensión, pero por el bien de nuestro país se hace necesario y más que prudente un cambio de Sistema Político, por eso nuestro interés de unir y fundir las Democracias tanto Participativa como la Directa en una sola, a fin de lograr no la perfección que hombre alguno no podrá lograr, ya que es un axioma el postulado hecho por los ciudadanos del mundo, creyentes y lleno de FE, los cuales sentencian que perfecto solo DIOS, y que nada hecho por el hombre será perfecto, sino que con este humilde atrevimiento aspiramos a que todos los dominicanos podamos aplicar un nuevo Sistema Político que nos permita despegar como País, hacia un futuro promisorio dónde sus ciudadanos podamos lograr el desarrollado, industrialización, educación, salud, justicia, vivienda, deporte, alimentación, a que la gran mayoría por años hemos soñado y aspirado, a ver realizado.

La democracia directa electrónica es una forma de democracia directa en la cual el Internet y otras tecnologías de comunicación electrónica se usan para mejorar la burocracia involucrada con los referendos, registrando electrónicamente los votos, donde pueden ser incluidos las mejoras tecnológicas al proceso deliberativo, o incluso a la gestión de gobierno para acercarla a los ciudadanos, es común que a éste tipo de democracia Directa Electrónica se le llame a veces EDD,(por lo que aclaramos que muchos otros nombres se usan para lo que es esencialmente el mismo término).

Según el concepto de aplicación moderada de la tecnología a la democracia directa, los ciudadanos tendrían el derecho de votar en asuntos legislativos ante el organismo idóneo para tales fines, que desde ya prevemos lo será la Junta Central Electoral, asumiendo un nuevo rol en Democracia Participativa Directa, así como también la población podrá escribir nuevos proyectos empoderados de su nuevo rol como legisladores de la patria, pudiendo en todo estado de causa revocar administradores.

Puntualizar que la Democracia Directa Electrónica es aquel sistema político en el que los ciudadanos conducen referendos de manera independiente con el simple uso del Internet u otras tecnologías de la comunicación, de ahí que este paso sea altamente potencial para la Democracia Directa Electrónica a la cual debemos encaminarnos, debido a que es necesario que se plasme de manera transparente y por consenso en nuestra Constitución, bajo la supervisión siempre oportuna de la Junta Central Electoral, ya que simplemente refuerza la relación entre la Población y el Estado, entre los Ciudadanos y el Gobierno, así como también entre el elector y el elegido, al tiempo que permite en Democracia Directa Electrónica que los Ayuntamientos sean Electrónicos, concepto éste que ya ha sido aplicado en diversos lugares del mundo en la actualidad gracias a las posibilidades de Internet, pudiendo así en nuestro caso particular reducir nuestras provincias y dividir los Ayuntamientos por cada X cantidad de Comunas, constituiría un nuevo Ayuntamiento o Alcaldía.

En la actualidad Democracia Directa Electrónica como sistema no ha sido implementada de manera completa o total en ningún lugar del mundo, aunque Suiza, ya gobernada parcialmente por democracia directa, se mueve en dirección a dicho sistema, por lo que se hace imperioso desde ya dar la voz de alarma para que de una buena vez los dominicanos mas eruditos y expeditos llevemos a cabo la ardua labor de educar y concienciar a los nuestros, por todas las vías posibles, para que nos avoquemos a la construcción definitiva del Sistema Político Democrático Participativo Directo, y demos así un salto cualitativo como cuantitativo, al prever desde ya el asentamiento de los elementos esenciales que sirven de base a la Democracia Directa Electrónica, a fin de que quede establecida y sea posible su uso dentro de los requerimiento de nuestra propuesta política ya indicada.

Finalmente, debemos señalar lo siguiente, y es que en nuestro Sistema Político Democrático Participativo Directo, el Presidente y todos sus ministros dejan de ser Representantes, pasando a ser llamados Administrador del Estado en el caso del Presidente, y Administradores Estatales en el caso de los Ministros.

Sea pues este resumen sobre la Democracia Directa, un aporte a la gnosis, y que sirva como una apología necesaria para la realización y posterior materialización de nuestro anhelado Sistema Político Democrático Participativo Directo.

Servio Pérez.

launiversidaddelmerengue1@hotmail.com

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