El Tribunal Constitucional declaró inconstitucional declaró inconstitucional el numeral 6 del artículo 44 de la Ley de Partidos Políticos 33-18 que castiga “los comentarios negativos contra los candidatos” en la campaña electoral.
El Tribunal acogió una acción directa de inconstitucionalidad sometida por el abogado Namphi Rodríguez.
El dispositivo de la sentencia fue publicado hoy por el Tribunal Constitucional.
La pieza legislativa incluye “la difusión de mensajes negativos a través de redes sociales que empañen la imagen de los candidatos será sancionada conforme a los artículos 21 y 22 de la Ley 53-07 sobre crímenes de alta tecnología”.
Dos artículos de la Ley 53-07 se refieren a la difamación y la injuria por medios electrónicos e impone sanciones que van de tres meses a un año de prisión y multa de cinco a 500 salarios mínimos.
Artículo original publicado en El Caribe, replicado por Somos Pueblo