La sentencia del Tribunal Constitucional 7declara “la inconstitucionalidad del artículo 44, numeral 6, de la Ley núm. 33-18, de Partidos, Agrupaciones y Movimientos Políticos” y que penaliza con tres meses a un año de cárcel a quienes divulguen “mensajes negativos” por las redes sociales contra precandidatos y organizaciones políticas.