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jueves, septiembre 19, 2024

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TC prohíbe la incautación de equipos sin orden judicial en colmadones, vehículos y viviendas

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El Tribunal Constitucional (TC) ha establecido que la Policía Nacional y el Ministerio Público no podrán confiscar equipos de sonido en colmadones, vehículos o residencias sin una orden judicial previa. Esta disposición, que ahora es jurisprudencia, surge a raíz de un caso en el que bocinas fueron incautadas sin la debida autorización judicial.

El caso involucra la confiscación de bocinas de la marca Audio Max en un negocio, lo cual, según el TC, violó el derecho de propiedad del afectado, ya que la incautación se realizó sin contar con la autorización de un juez. En su fallo, el tribunal ordenó la devolución de los equipos a su propietario, Francisco José Herrera del Orbe, quien había solicitado la restitución de sus bocinas a través de una acción de amparo.

El TC además impuso una multa de mil pesos diarios a la Procuraduría General de la República y a la Procuraduría Especializada de Medio Ambiente de Santo Domingo si no cumplen con la devolución de los equipos en un plazo de 15 días.

Inicialmente, la Primera Sala del Tribunal Superior Administrativo había declarado improcedente la solicitud de Herrera del Orbe. Sin embargo, el TC revocó esa decisión, señalando que las autoridades actuaron sin la debida orden judicial y sin que existiera un proceso penal en su contra.

Esta sentencia refuerza el derecho a la propiedad y establece un precedente en contra de la incautación de bienes sin el cumplimiento del debido proceso legal, sumándose a una serie de fallos recientes emitidos por el TC que buscan corregir estas prácticas irregulares.

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