El presidente Luis Abinader promulgó el decreto 693-24, que establece la implementación de un arancel del 20% ad valorem a ciertas partidas de arroz importado desde Estados Unidos y Nicaragua. Además, fuera de las cuotas establecidas, se aplicará un arancel del 99% bajo el esquema de Nación Más Favorecida (NMF).
Este decreto responde a las preocupaciones de los productores locales de arroz, quienes han expresado su inquietud por la liberalización del mercado prevista para enero como parte del tratado de libre comercio DR-Cafta. La medida estará vigente hasta que el Consejo Nacional para la Soberanía y Seguridad Alimentaria y Nutricional (CONASSAN) recomiende lo contrario.
Protección al sector arrocero
La cuota establecida permite importar 23,300 toneladas métricas de arroz desde Estados Unidos sin aranceles, mientras que el resto de las importaciones estará sujeto al arancel NMF del 99%. Según el decreto, el arroz es un alimento esencial para la dieta dominicana, y garantizar su producción local es clave para la seguridad alimentaria y la estabilidad económica del país.
Durante una rueda de prensa en el Ministerio de Industria, Comercio y Mipymes (MICM), el ministro Víctor -Ito- Bisonó destacó que el gobierno ha trabajado junto a los sectores arroceros para enfrentar los desafíos derivados de la desgravación arancelaria. La medida, añadió, busca equilibrar la protección del mercado interno con el cumplimiento de los acuerdos comerciales internacionales.
Por su parte, el ministro de Agricultura, Limber Cruz, aseguró que la República Dominicana es autosuficiente en la producción de arroz, con una proyección de 14 millones de quintales al cierre del año. Cruz resaltó que el gobierno continuará impulsando la producción a través de iniciativas como la asignación de tierras y el uso de semillas certificadas.
Consideraciones del decreto
El decreto detalla que preservar la capacidad productiva interna es crucial para garantizar el suministro seguro de alimentos en el país. Se fundamenta en el artículo 21.2 del DR-Cafta, que permite la adopción de medidas para proteger la seguridad nacional, en este caso, la alimentaria.
Artículos principales del decreto
- Arancel general: Se aplica un 20% ad valorem dentro de las cuotas y un 99% fuera de ellas para productos de arroz clasificados bajo las partidas S.A. 1006.10.00, 1006.20.00, 1006.30.00 y 1006.40.00.
- Cuota preferencial: Se establece una cuota de 23,300 toneladas métricas libres de arancel para importaciones de arroz desde Estados Unidos.
- Arancel a Nicaragua: Se aplicará un arancel del 99% a las importaciones provenientes de Nicaragua fuera de la cuota.
- Duración: Las medidas permanecerán vigentes hasta que el CONASSAN indique lo contrario, basándose en nuevos informes técnicos.
Impacto económico
El sector arrocero emplea a más de 30,000 productores y genera un aporte económico superior a los RD$45,000 millones anuales, siendo una pieza clave para la economía nacional.
La firma del DR-Cafta en 2004 permitió proteger productos sensibles como el arroz por un período de hasta 25 años, el cual culmina en enero de 2025. Frente a este escenario, el gobierno busca fortalecer la industria local mientras garantiza el acceso a este producto esencial para las familias dominicanas.