Somos Pueblo – Santo Domingo. – La jueza Fátima Veloz, de la Oficina Judicial de Servicios de Atención Permanente del Distrito Nacional, fundamentó su decisión de imponer medidas de coerción distintas a la prisión preventiva contra los hermanos Antonio y Maribel Espaillat, imputados por el desplome del techo del centro nocturno Jet Set Club, en una cuidadosa valoración de los elementos jurídicos, conforme al debido proceso.
Según una nota del Poder Judicial, la magistrada sostuvo que la medida estuvo sustentada en el principio de legalidad penal, conforme al artículo 40.14 de la Constitución y el artículo 8.1 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos.
La jueza determinó que los imputados poseen suficiente arraigo, ya que cuentan con domicilio conocido, actividad empresarial estable, y vínculos familiares y sociales en el país. También valoró que no existen indicios de que pretendan evadir la justicia ni antecedentes que indiquen riesgo de fuga.
En cuanto al tipo penal, Veloz indicó que los hechos imputados se enmarcan en el delito de homicidio involuntario, cuya pena según el artículo 319 del Código Penal va de tres meses a dos años de prisión correccional. Por tanto, consideró desproporcionada la prisión preventiva de 18 meses solicitada por el Ministerio Público, así como el arresto domiciliario, optando por otras medidas contempladas en el Código Procesal Penal.
La jueza subrayó que su decisión no prejuzga sobre la culpabilidad de los imputados, sino que responde únicamente a la necesidad de establecer la medida cautelar más adecuada, dentro del marco de las garantías procesales.
El colapso del techo del Jet Set Club dejó un saldo trágico de 235 fallecidos y más de 180 heridos, convirtiéndose en uno de los casos más graves de responsabilidad estructural en espacios públicos del país.