Somos Pueblo – El delegado político del Partido de la Liberación Dominicana (PLD) ante la Junta Central Electoral (JCE), Danilo Díaz, aclaró este viernes que la reciente sentencia del Tribunal Superior Electoral (TSE) no prohíbe la realización de la consulta interna que la organización tiene prevista para el año 2026, con el objetivo de seleccionar su aspirante a la candidatura presidencial.
Según Díaz, el fallo del TSE no invalida el proceso consultivo en sí, sino que anula aspectos relacionados con la inscripción de aspirantes, los cuales, conforme a la sentencia, no fueron organizados por el órgano competente dentro del partido.
“La sentencia que acaba de dar a conocer el Tribunal Superior Electoral (TSE) no le prohíbe al Partido de la Liberación Dominicana hacer su consulta en el año 2026”, afirmó el dirigente político, de acuerdo con una nota difundida por el PLD.
Díaz sostuvo que el tribunal fundamenta su decisión en los estatutos internos del partido, lo que, a su juicio, constituye un reconocimiento a la normativa que rige el funcionamiento institucional de la organización política.
De acuerdo con la interpretación del dirigente peledeísta, la sentencia establece que es el Comité Central —y no el Comité Político— el órgano responsable de reglamentar el proceso de consulta, incluyendo la apertura del período de inscripción y la definición de las normas que aseguren condiciones equitativas para todos los aspirantes.
“La sentencia lo que establece es cómo debe hacerse la consulta, es decir, aclara cuál es el organismo competente en el PLD para realizarla”, concluyó Díaz.
Hasta el momento, el Tribunal Superior Electoral no ha emitido una declaración pública adicional sobre la interpretación ofrecida por el PLD respecto al alcance de la sentencia.