Somos Pueblo | El nuevo Código Penal de la República Dominicana, promulgado bajo la Ley núm. 74-25 y cuya entrada en vigencia está pautada para el próximo 6 de agosto, introduce un marco regulatorio estricto para sancionar los delitos digitales, estableciendo penas de privación de libertad de hasta 10 años a quienes difundan material multimedia de terceros sin la debida autorización.
De acuerdo con lo estipulado en el artículo 192 de la pieza legislativa, la publicación o divulgación no consentida de audios, imágenes o videos comunes será sancionada con penas que van desde los seis meses hasta un año de prisión menor, además de multas equivalentes a uno o dos salarios mínimos del sector público. El texto legal detalla que si la difusión incluye montajes o alteraciones falsas que atenten contra el honor, buen nombre o reputación de un ciudadano, el castigo se elevará de dos a cinco años de prisión menor, penalizándose la tentativa con la misma severidad que el hecho consumado.
La normativa contempla un agravamiento sustancial de las sanciones, fijando penas de contraventores de cinco a diez años de prisión mayor y multas de 10 a 20 salarios mínimos si concurren factores específicos. Entre las agravantes señaladas figuran el carácter íntimo o sexual del contenido, la intencionalidad delictiva orientada al chantaje, extorsión o venganza, la vulnerabilidad de la víctima (menores de edad, adultos mayores, mujeres embarazadas o personas con discapacidad), el abuso de una posición de autoridad y el impacto de una difusión masiva a través de redes sociales y plataformas digitales.
Asimismo, el nuevo cuerpo legal —que sustituye al código vigente desde 1884— penaliza en su artículo 193 el acoso a través de las telecomunicaciones. La ley tipifica como delito cualquier acción destinada a perturbar la paz ajena mediante llamadas telefónicas que incluyan amenazas, comentarios obscenos o difamaciones, sin importar si el infractor oculta su identidad o si el telefonema es recibido por un tercero, imponiendo sanciones de quince días a un año de prisión menor.




