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viernes, noviembre 28, 2025

Alexis Medina financió campañas del PLD con fondos ilícitos, pero la ley impide condenarlo

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Somos Pueblo. – El Segundo Tribunal Colegiado del Distrito Nacional concluyó que Juan Alexis Medina Sánchez destinó recursos de origen ilícito para financiar campañas políticas del Partido de la Liberación Dominicana (PLD). Esta conclusión fue parte de la sentencia del Caso Antipulpo, presentada en un reportaje de Diario Libre.

Sin embargo, el mismo fallo judicial establece que la legislación vigente impide imponer sanciones penales por ese financiamiento ilegal. La limitación se debe a la forma en que está redactada la Ley 33-18 de Partidos, Agrupaciones y Movimientos Políticos.

Las juezas determinaron que Medina y Wacal Vernabel Méndez aportaron dinero obtenido ilícitamente a través de un entramado empresarial, y que esos fondos no fueron registrados ante la Junta Central Electoral. El tribunal calificó esta práctica como una «grave vulneración» a la transparencia electoral.

El fallo explica que la Ley 33-18 solo penaliza a quien acepta los fondos en nombre del partido, no a quien los entrega desde fuera. Por esta razón, aun cuando el tribunal reconoció que el PLD se benefició de aportes ilícitos entre 2012 y 2020, la responsabilidad penal no puede recaer sobre los imputados.

El expediente del caso señala que Alexis Medina montó un entramado empresarial para estafar al Estado y lavar activos durante ese período, según la evidencia presentada en el juicio. La falta de sanción por el financiamiento ilícito resalta la necesidad de reformar la ley electoral.

El Tribunal Constitucional ha dejado claro en su jurisprudencia que los datos estadísticos de carácter público deben estar disponibles para la ciudadanía. La sentencia del Caso Antipulpo podría sentar un precedente importante en la discusión sobre la regulación y transparencia del financiamiento político.

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