El abogado Yan Carlos Martínez califica como ilegal e inconstitucional la pretensión del Ministerio de Administración Pública, de obligar a los empleados del Gobierno «reportar pago de electricidad y agua a la entidad en la que trabajan», ya que la misma constituye una grave intromisión del Estado en la vida privada de sus empleados.
Califica a la disposición como arbitraria, sin base legal y carente de una debida motivación. Asegura que es un acto administrativo absolutamente irrazonable e ineficaz.
«Las cuentas que pague o deje de pagar, los servicios con los que cuente o no cuente un empleado público, no es asunto en el que tenga que inmiscuirse ningún empleador.», acotó.
Continúa señalando: «La circular 018031, emitida por el MAP, es una disposición a nuestro juicio inconstitucional, abusiva e impropia en un Estado Democrático, la disposición constituye un instrumento de acoso e intimidación de los empleados públicos.»
Advierte que aunque todos debemos pagar los servicios públicos, el Estado no puede coaccionar a sus empleados a pagar servicios ni a presentar facturas de que tiene x o y servicios, ya que no existe disposición legal alguna que le de esa facultad a ninguna entidad pública.
Agrega que el cobro de los servicios es función única y exclusivamente del proveedor de cada servicio sea público o privado.