Caso Playa Encuentro: Rechazan recusación contra juez hecha por compañías privatizadoras

La corte de apelación de Puerto Plata rechazó la recursación contra el juez Nassim Ovalles Estévez, propuesta por los abogados de las compañías inversiones Calpe, S.R.L, Y Mesa Limited CxA, las cuales pretenden privatizar playa Encuentro, Cabarete.

El pasado día catorce (14) del mes de agosto del año dos mil diecinueve (2019), la Corte de Apelación del departamento judicial de Puerto Plata, procedió a rechazar la segunda  recusación de la que ha sido objeto el juez presidente de la Cámara Civil y Comercial de Puerto plata, Magistrado Nassim Eduardo Ovalles Estévez, por parte de la barra de la defensa de las compañías Inversiones Calpe, S.R.L, Y Mesa Limited C POR A,.

Entre los medio que fundan la recusación establecen los abogados que el citado presidente del tribunal, está parcializado, ya que insiste en que se abra la playa la cual ellos entienden que es privada, y que a su entender las situaciones iniciaron a consecuencia de acciones arbitrarias de parte del mag. Ovalles, durante el conocimiento de uno de los tantos procesos judiciales que el juez ha conocido en contra de las referidas compañías. Los togados plasman en su recusación que el juez ha acogido varias inspecciones de lugares y que cada vez que se realiza una de estas, delante de los ojos del juez, turbas dañan la propiedad privada de las compañías y este no hace nada para detenerlos.

En ese mismo tenor expresan los licenciados que el Magistrado Ovalles, no posee un criterio claro ni objetivo jurídicamente hablando, que en él se evidencia la carencia del más mínimo sentido de la prudencia y que peor aún, el mismo demuestra que posee un interés parcializado en contra de los patrocinados jurídicos de los togados que representan las compañías Inversiones Calpe, S.R.L, Y Mesa Limited C POR A,.

Por su parte el juez le ha contestado a la corte del departamento judicial de Puerto Plata, ”Simplemente intuyo que la parte que recusa quiere apartarme del proceso, porque parece que al no haber obtenido ganancia de causa, les desagrado como persona y como juez”

A lo que la Corte del Departamento Judicial de Puerto Plata contestó: «No puede afirmarse que necesariamente el Magistrado Nassim Eduardo Ovalles Estévez, que conoce este caso, esté prejuzgando, si no median razones objetivas o subjetivas que permitan poner en tela de juicio su imparcialidad. Tal conclusión, encuentra inequívoco apoyo en la exegénesis integral de su conducta como administrador judicial de este Distrito Judicial de Puerto Plata. En consecuencia, en fuerza de las consideraciones que anteceden y de conformidad con el artículo 378, este tribunal declara el rechazo y concluido el procedimiento iniciado con motivo de la recusación planteada por la entidad INVERSIONES CALPE, S.R.L., Según se plasma en la Resolución No. 627-2019-SRES-00180.