Con reforma de ley 50-88 usuarios de drogas no serían penalizados

La propuesta de reforma a la Ley 50-88 sobre Drogas y Sustancias Controladas plantea no castigar con penas a ciertos consumidores que posean baja cantidad de drogas y siempre que su práctica la realice en su esfera íntima, privada o personal.

Para que una persona no sea sancionado penalmente por posesión de drogas para su uso se tomará como base a que las mismas no excedan las siguientes cantidades acorde a su pureza de una o dos sustancias de: 20 gramos de marihuana, 5 gramos de hachís, 1 gramo de cocaína, 0.5 gramos de heroína, 0.5 gramos de éxtasis, y cualquier otra sustancia no podrá exceder de 0.5 gramos.

La iniciativa apunta que para la comprobación de la cantidad, el agente que detenga al usuario deberá portar una balanza para poder determinar su peso, previa comprobación de que se trate de sustancias controladas.

La reforma plantea la definición de varios tipos de usuarios como son recreativos, experimental, habituado, circunstancial o persona con trastorno por abuso de sustancia. Es para los cuatros primeros que sugiere no haya persecución penal.

Sin embargo en la propuesta se aclara que esta prohibición no impide persecución penal de los cuatros tipos de consumidores en cuanto a otros tipos penales reconocidos por el sistema penal dominicano.

Sanciones. Explica que el caso de que el uso o consumo de sustancias sea realizado en presencia de niños, adolescentes, o cercanas a instituciones educativas, así como en espacios públicos, les será aplicado exclusivamente sanciones administrativas por parte de las Comisiones para la Disuasión del Abuso de Drogas, integrada por especialistas de la salud y un abogado.

En el caso de que una persona sea detenida por primera vez no podrá recibir ninguna sanción, pero sí podría ser amonestado o ser conminado a la asistencia obligatoria de intervenciones terapéuticas.

Si la comisión lo determina en vista de algunos agravantes, el usuario pudiera ser multado con un o dos salarios mínimos y en en caso de reincidencia, podrá ser aumentada la multa de 3 a 5 salarios mínimos y los fondos irían el 50% de lo recaudado al Consejo Nacional de Drogas, quienes asignarán los mismos a instituciones que se dediquen a la atención a personas con trastornos por abuso de sustancias y el restante 50% lo conservarán para ser utilizados en el funcionamiento adecuado de dichas comisiones.

FUENTE: HOY