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jueves, julio 31, 2025

Diputados aprueban nuevamente proyecto de ley de alquileres tras su vencimiento en el Senado.

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Somos Pueblo – La Cámara de Diputados aprobó este martes en primera lectura el proyecto de ley sobre alquileres de bienes inmuebles, el cual había quedado perimido tras no completarse su votación en el Senado durante la legislatura pasada.

El proyecto, de autoría del diputado Alfredo Pacheco, fue originalmente sometido el 19 de agosto de 2024. Durante las legislaturas ordinarias correspondientes (agosto-enero y febrero-julio), no logró obtener la aprobación completa en ambas cámaras, por lo que, conforme a la Constitución y al reglamento del Congreso Nacional, la pieza caducó y debió ser reintroducida desde el inicio del proceso legislativo.

La propuesta fue reintroducida por su autor en el marco de la actual legislatura extraordinaria, convocada por el presidente Luis Abinader con el objetivo principal de conocer otras reformas, como el Código Penal.

Trámite legislativo y revisión

Tras ser aprobada en primera lectura a solicitud de su proponente, el proyecto fue remitido a una comisión para estudiar las observaciones formuladas por legisladores, especialmente senadores que manifestaron preocupaciones en torno al alcance de algunas disposiciones.

Según explicó el presidente de la Cámara de Diputados, Alfredo Pacheco, se prevé que el proyecto sea aprobado en segunda lectura este miércoles, una vez se logre el consenso en la comisión.

Una vez superado este paso, el proyecto será remitido nuevamente al Senado, que deberá conocerlo en dos lecturas antes de su eventual envío al Poder Ejecutivo para su promulgación.

Principales modificaciones

Durante el proceso legislativo anterior, varios artículos del proyecto fueron modificados. Entre los principales ajustes realizados por la Cámara de Diputados se destacan:

  • Artículo 8: Se añadió un párrafo que establece que el reajuste del precio del alquiler estará sujeto al acuerdo entre las partes. En el caso de viviendas, el incremento no podrá exceder el 10 % del monto de la renta.
  • Artículo 10: Se especificó que el incumplimiento de pago del alquiler constituye una causa válida para la terminación del contrato.
  • Artículo 11: En caso de fallecimiento del inquilino, su pareja o hijos podrán asumir el contrato, siempre que se garantice el pago del alquiler al propietario.
  • Artículo 12: Se modificó el procedimiento para acreditar el abandono de un inmueble, estableciendo que deberá ser comprobado por un notario público, y que un juez de paz o de primera instancia podrá autorizar la recuperación de la propiedad mediante un acto notarial.
  • Artículo 13: Se ajustó el número de depósitos permitidos. Ahora se permite exigir hasta tres depósitos en contratos residenciales, mientras que para inmuebles comerciales, el monto podrá ser pactado libremente entre las partes.

La propuesta legislativa busca establecer un marco normativo actualizado para regular los contratos de arrendamiento de bienes inmuebles en el país, atendiendo a los derechos y obligaciones de propietarios e inquilinos.

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