El INTRANT prohíbe los parachoques y luego deja sin efecto la medida

El Instituto Nacional de Tránsito y Transporte Terrestre (INTRANT) el día de ayer informó que en cumplimento de la Ley 63-17 y de su Artículo 195, prohibía la circulación por las vías públicas a todo vehículo equipado o modificado con cualquier tipo de parachoques no agregado por el fabricante del vehículo o aprobado por el Intrant, sujeto a los estándares de seguridad internacionales.

Sin embargo, luego la instituciónemitió otro comunicado informando que dejó sin efecto la medida que otorgaba un plazo hasta el 31 de este mes a los propietarios de vehículos de motor para que retiraran los parachoques o defensas no autorizados de sus vehículos.

En un comunicado, la entidad indica que socializará las acciones necesarias a cumplir por los propietarios y operadores de estos vehículos y emitirá la resolución oficial administrativa correspondiente, en cumplimiento con las disposiciones de la Ley No.63-17 de Tránsito Terrestre y los parámetros internacionales aplicables.