El Dr. Reemberto Pichardo Juan por medio del acto de alguacil número 590/2021 de fecha 8 del mes de diciembre del año 2021, ha intimado al Licdo. Luis Abinader Corona, para que dentro del plazo de 120 días proceda a elaborar, conjuntamente con las organizaciones y fundaciones que luchan por los derechos de los animales y posteriormente dictar el reglamento de aplicación de la Ley 248-12 sobre Protección Animal y Tenencia Responsable, tal y como debió realizarse desde la promulgación de dicha ley el 15 del mes de agosto del año 2012.
Desde la promulgación de la Ley 248-12, y en virtud de la Primera disposición del título «Disposiciones Transitorias» de la Ley 248-12, pesaba sobre el Presidente de la República la obligación de elaborar y dictar el reglamento de aplicación de la Ley 248-12, en el plazo de 120 días, tal y como lo expresa su texto al establecer: «Primera. Reglamento. En un plazo de ciento veinte (120) días a partir de la entrada en vigencia esta ley, el Presidente de la República debe dictar su reglamento de aplicación, recibiendo la colaboración de las sociedades protectoras de animales.»
El Licdo. Luis Abinader Corona, a pesar de haber asumido la presidencia de la República el 16 de agosto del pasado año 2020, no ha realizado el procedimiento de elaboración y posterior dictado del reglamento de aplicación de la Ley 248-12 sobre Protección Animal y Tenencia Responsable, lo que ha dificultado la aplicación de la parte logística y la asignación de fondos para la construcción de las estructuras físicas y la ejecución de las políticas públicas del sistema de Protección Animal, lo que, por vía de consecuencia, causa sufrimiento, maltrato y abandono generalizado en todo el territorio de la República Dominicana, de los animales que debieron ser protegidos por el Estado Dominicano desde la promulgación de la Ley 248-12, en fecha 15 del mes de agosto del año 2012, hace casi una década.
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