La Cámara de Diputados aprobó este viernes en segunda lectura y a unanimidad el proyecto de ley de extinción de dominio para el decomiso de bienes ilícitos en la República Dominicana, con 36 modificaciones a diferentes artículos y sus numerales. La pieza deberá ir al Senado ahora.
Las modificaciones aprobadas de consenso fueron introducidas por las diferentes bancadas partidarias presentes en la cámara baja.
Uno de los puntos más importantes entre las 36 modificaciones ha sido la eliminación del artículo 4 numeral 2 sobre la limitación de los efectos en relación con hechos pasados (retroactividad).
Este numeral establecía que la extinción de dominio se declarará con independencia de que la causal de procedencia haya ocurrido con anterioridad a la publicación de esta ley, siempre que el hecho vinculado a los bienes fuese considerado ilícito al momento de su ocurrencia y que a partir de ese momento no haya transcurrido el plazo de la prescripción mayor de derecho común de veinte (20) años, prevista en el artículo 2262 del Código Civil.