El abogado Edward Veras Vargas en Suum Cuique sostiene que la normativa contiene conquistas sumamente importantes que pretenden ser dejadas de lado por intereses espurios para sepultar esos logros
Somos Pueblo.- La Ley 225-20 sobre gestión integral y coprocesamiento de residuos sólidos es una legislación muy mal estructurada, pésimamente redactada, pero contiene conquistas sumamente importantes que pretenden ser dejadas de lado por intereses espurios para sepultar esos logros.
Así lo consideró el abogado Edward Veras Vargas en Suum Cuique, a través de Somos Pueblo TV, al referirse a la polémica generada por posibles modificaciones que afectarían la aplicación de sus disposiciones en la República Dominicana.
Explicó que la normativa, aprobada en 2020, incluye medidas orientadas a la reducción progresiva y eventual prohibición de productos plásticos de un solo uso, como fundas de polietileno y envases de poliestireno expandido (conocido como foam).
Reiteró que estas prohibiciones debían aplicarse de manera escalonada, y para octubre de 2025 estaba previsto que la entrega gratuita de fundas plásticas de un solo uso quedara totalmente prohibida, limitando el uso de foam únicamente a envases reutilizables.
Veras detalló que la Ley 225-20 establece un sistema de responsabilidad extendida para los productores de plásticos, quienes deben recuperar y gestionar de manera segura los residuos generados por los envases que ponen en el mercado.
La normativa contempla sanciones administrativas para infracciones graves y muy graves, que van desde multas equivalentes a cien hasta mil salarios mínimos, con el objetivo de asegurar el cumplimiento efectivo de las disposiciones.
El comunicador señaló que, pese a estas obligaciones, en la práctica muchos comercios continúan entregando bolsas plásticas gratuitas y utilizando envases de un solo uso, lo que constituye un incumplimiento de la norma, según lo previsto por la ley.
En la más reciente edición de Suum Cuique, Veras explicó que la ley establece un período de transición de doce a treinta y seis meses para la reducción progresiva del uso de fundas plásticas, durante el cual los comercios debían implementar campañas de concienciación y sensibilización ciudadana sobre alternativas reutilizables o reciclables. Además, a partir de los sesenta meses de entrada en vigencia, no debía permitirse la entrega gratuita de bolsas plásticas de un solo uso, con la intención de incentivar la sustitución por materiales ecoeficientes y reutilizables.
En su análisis presentado, destcó la intervención de ambientalistas como Ricardo Ripoll, quien ha realizado acciones para exigir el cumplimiento de la norma, enfatizando la necesidad de aplicar las sanciones establecidas y de implementar mecanismos que aseguren la reducción efectiva de plásticos de un solo uso.
Según Veras, la correcta aplicación de la ley permitiría disminuir la contaminación de ríos, mares y suelos, reducir la exposición de la fauna a residuos plásticos y limitar los impactos de los microplásticos en la salud humana.
El comunicador fue enfático al señalar que la prolongación de los plazos o la modificación de la ley podría retrasar los avances alcanzados en cinco años y comprometer la sostenibilidad ambiental del país. En ese sentido, destacó la necesidad de tomar decisiones públicas que respeten la normativa vigente y los compromisos internacionales, así como de un seguimiento efectivo por parte de las autoridades competentes para garantizar que la reducción de plásticos de un solo uso se traduzca en beneficios concretos para el medio ambiente y la población dominicana.



