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miércoles, marzo 26, 2025

Ministerio de Interior y Policía Aprueba Actividad en Friusa para el 30 de Marzo

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Somos Pueblo.— El Ministerio de Interior y Policía (MIP) emitió ayer la Resolución MIP-UPP-0150-2025, que otorga la no objeción para la realización de una marcha pacífica en el municipio de Punta Cana, provincia La Altagracia. La solicitud fue presentada por Angelo Alexander Vásquez Hernández, quien se identifica como líder del Movimiento Antigua Orden Dominicana.

Según el documento firmado por el director jurídico del MIP, autorizado por la ministra Faride Raful, la manifestación se llevará a cabo el próximo domingo 30 de marzo de 2025, desde las 2:00 p.m. hasta las 6:00 p.m. El objetivo declarado es «conmemorar la batalla del 30 de marzo y también fomentar la solidaridad con el pueblo dominicano».

La marcha recorrerá aproximadamente 1.4 kilómetros, partiendo desde la intersección de la Avenida España y la carretera Higüey-Miches, en el cruce de Friusa, y culminará en la Plaza Pichardo, en el sector El Hoyo. Las autoridades especificaron que los manifestantes deberán utilizar exclusivamente las aceras de la avenida España durante el recorrido.

En su resolución, el Ministerio fundamenta la decisión en múltiples artículos constitucionales y leyes que garantizan el derecho a la asociación y reunión pacífica. Entre ellos destacan los artículos 47 y 48 de la Constitución dominicana, que establecen que «toda persona tiene derecho de asociarse con fines lícitos» y «toda persona tiene el derecho de reunirse, sin permiso previo, con fines lícitos y pacíficos».

El documento hace especial referencia a la sentencia TC-0092-18 del Tribunal Constitucional, que reafirma que el derecho a la reunión, la libre expresión y la protesta social son derechos fundamentales cuyo ejercicio es de naturaleza social y titularidad individual. Sin embargo, la misma sentencia aclara que estos derechos no son absolutos y están limitados por el orden público, los derechos de los demás ciudadanos y la seguridad pública.

Las autoridades han establecido varias recomendaciones y requisitos para garantizar el desarrollo pacífico de la actividad. El MIP instruye a la Policía Nacional a desplegar los efectivos necesarios para mantener el orden durante la manifestación. Asimismo, recomienda a los organizadores «ejercer prudencia y moderación en el volumen de los equipos de sonido» para evitar molestias innecesarias, en cumplimiento con la Ley 287-04 sobre Prevención, Supresión y Limitación de Ruidos Nocivos.

La resolución también recuerda a los organizadores que este permiso no les exime de solicitar otras autorizaciones pertinentes ante el Instituto Nacional de Tránsito y Transporte Terrestre (INTRANT) y el Ayuntamiento correspondiente, conforme a lo establecido en la Ley 63-17 de Movilidad, Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial.

El documento ministerial ha sido notificado, además de al solicitante, a diversas instituciones de seguridad nacional, incluyendo la Dirección Nacional de Investigaciones (DNI), la Dirección General de la Policía Nacional, y la Dirección General de Seguridad, Tránsito y Transporte Terrestre (DIGESETT).

Esta autorización refleja el compromiso del Estado dominicano con la protección efectiva de los derechos fundamentales de las personas, como lo establece el artículo 68 de la Constitución, que garantiza «la efectividad de los derechos fundamentales, a través de los mecanismos de tutela y protección».

El Ministerio de Interior y Policía sustenta su decisión en el principio de «servicio objetivo a las personas», establecido en la Ley 107-13 sobre los Derechos de las Personas en sus Relaciones con la Administración Pública, que obliga a la administración a respetar los derechos fundamentales y proscribe toda actuación administrativa que dependa de parcialidades.

La emisión de esta resolución ocurre en un contexto donde el derecho a la manifestación pacífica ha sido objeto de debate público, con diversos sectores sociales reivindicando la importancia de preservar este derecho constitucional mientras se mantiene el orden público y la seguridad ciudadana.

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