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miércoles, enero 22, 2025

Proyecto de reforma laboral plantea que empleados pueden ser despedidos por huelgas, accidentes laborales, enfermedades o decisión de autoridades sanitarias

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El Gobierno presentó un proyecto de reforma laboral que introduce modificaciones importantes en la normativa sobre la suspensión de contratos de trabajo. Entre los cambios más destacados, la propuesta permite la suspensión de empleados en casos como huelgas o paros calificados como legales.

La reforma también contempla la suspensión de contratos por causas como la enfermedad temporal del trabajador o accidentes laborales que le impidan continuar con sus labores. Además, se añaden nuevas causales que incluyen la licencia por maternidad, la falta de fondos que impida la continuidad de las operaciones –siempre y cuando el empleador justifique la imposibilidad de obtenerlos–, y el exceso de producción en relación con la situación económica de la empresa y las condiciones del mercado.

El proyecto de ley, titulado «Modernización y actualización del Código de Trabajo», fue entregado por el Poder Ejecutivo, a través del Ministerio de Trabajo, este jueves en el Senado de la República.

A continuación, la propuesta incluye 13 causales específicas para la suspensión de contratos de trabajo, ampliando las condiciones bajo las cuales un empleador puede interrumpir temporalmente la relación laboral sin rescindir el contrato de manera definitiva.

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