Tribunal declara admisible querella por difamación e injuria contra el periodista Julio Martínez Pozo

La Magistrada Leticia Martínez Noboa, Juez Suplente de la Octava Sala de la Cámara Penal del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional, declaró admisible la querella interpuesta por el Señor Ricardo Ripoll García contra el periodista Julio Martínez Pozo, por violación a los arculos 18, 29 y 33 de la Ley No. 6132 de Expresión y difusión del Pensamiento.

El Sr. Ricardo Ripoll, quien es uno de los miembros fundadores del movimiento social Somos Pueblo, que a su vez es parte del colecvo Marcha Verde, fue objeto de acusaciones difamatorias, deshonrosas e infundadas de índole personal por parte del comunicador, quien es parte del equipo del programa El Sol de la Mañana que se transmite por Zol 106.5 FM.

El Auto de Admisibilidad de Acusación y Fijación de Audiencia de Conciliación emitido por la jueza Martínez Noboa, en fecha 11 de abril de 2017, declaró admisible la querella y fijó audiencia conciliatoria para el próximo martes 2 de mayo del 2017, a las 9:00 am, en el referido tribunal.

Las acusaciones difamatorias del Sr. Martínez Pozo, se produjeron, aparentemente, por el simple hecho de que el Sr. Ripoll es activista social y ha mantenido una posición muy activa en la organización de las marchas que se han realizado en diferentes ciudades del país en contra de la impunidad. No obstante haber lanzado sus acusaciones infundadas durante el programa radial del cual forma parte, el Sr. Martínez Pozo también hizo uso de sus redes sociales para difundir las informaciones difamatorias y deshonrosas contra el Sr. Ripoll.

No es la primera vez que un periodista de un programa radial de opinión ha sido sometido a la justicia por este de acusaciones que atentan contra la moral de las personas por lo que se espera que el proceso sea justo y con apego a la ley.