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viernes, julio 26, 2024

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Implicaciones de propuesta de la DGII que obligaría a bancos a retener el 19% de las ventas totales de empresas no registradas

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Volvería el cobro del famoso 0.15% de impuesto en cuentas de la misma persona. Eso es un palo acechado, cobrar un 19% de las ventas totales a los emprendedores, pequeñas empresas, colmaderos, panaderos, venduteros, así como a los esfuerzos que ha realizado la banca dominicana en los avances digitales, transformación digital, billeteras digitales, como también a las personas físicas y jurídicas que tendrán que pagar de nuevo el 0.15% por mover su dinero entre sus cuentas propias.

Desde hace varias semanas está circulando en el ecosistema financiero dominicano, una propuesta de Norma de la Dirección General de Impuestos Internos (DGII) que obligaría a las Empresas de Adquirencia, propiedades de los bancos dominicanos, a retener el 19% de impuestos por concepto de ITBIS (18%) y 1% por concepto de Impuesto Sobre la Renta (ISR), de las ventas totales que diariamente realicen personas físicas y empresas no registradas en la DGII utilizando como mecanismos de cobro los pagos electrónicos, tarjetas de crédito y débito.

Igualmente, la propuesta de norma, al no dejar claro como exentas las transferencias electrónicas entre el mismo titular de una cuenta bancaria dentro del mismo banco y hacia otro banco donde es el mismo titular, los bancos estarán nuevamente obligados a cobrar y retener el 0.15%, es decir, las personas físicas y jurídicas volverán a pagar el famoso impuesto del 0.15% por mover su dinero de manera electrónica entre sus cuentas propias del mismo banco o hacia otro banco, lo que implicará una doble tributación en el pago de este impuesto.

Fuente: Acento

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