SANTO DOMINGO. – El Ministerio de Medio Ambiente y Recursos Naturales (MIMARENA) comunicó su decisión de rechazar y proceder legalmente contra una reciente sentencia del Tribunal Superior Administrativo (TSA), la cual ordena la modificación de los límites del Parque Nacional Jaragua con fines de explotación turística.
La institución informó que emprenderá las vías jurídicas correspondientes para buscar la anulación de la sentencia de amparo núm. 0030-1643-2025-SSEN-00786, emitida por la Quinta Sala del referido tribunal.
De acuerdo con la información suministrada por el Ministerio, la decisión del tribunal responde a una acción interpuesta por una empresa privada. Esta compañía busca la aplicación de la Ley núm. 266-04 en terrenos que, si bien están declarados como Polo Turístico, se ubican dentro de la demarcación de un Parque Nacional, la máxima categoría de protección ambiental en el país.
En su posicionamiento, el MIMARENA argumentó que la sentencia desconoce el ordenamiento jurídico nacional. La entidad sostuvo que no es procedente la utilización de un amparo de cumplimiento como mecanismo para alterar los límites establecidos de un área protegida.
Asimismo, el Ministerio señaló que la decisión del TSA vulnera disposiciones de la Constitución de la República, así como de la Ley General de Medio Ambiente (64-00) y la Ley Sectorial de Áreas Protegidas (202-04).
La institución externó su preocupación de que este fallo constituya un precedente que ponga en riesgo la integridad del Sistema Nacional de Áreas Protegidas. Finalmente, el Ministerio reiteró su intención de defender el interés público ambiental y la preservación del Parque Nacional Jaragua mediante los recursos legales disponibles.



