domingo, mayo 12, 2024

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Superintendencia de Electricidad ordena a EDES recalcular facturas y compensar por refacturación a los usuarios

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La Superintendencia de Electricidad ordenó a las Empresas Distribuidoras de Electricidad (Edes) EDESUR, EDENORTE y EDEESTE, recalcular sus facturas emitidas a clientes en los meses donde entraron en vigor ajustes tarifarios para acreditar o debitar a los usuarios las diferencias tarifarias aplicadas erróneamente.

La SIE instruye a las EDEs aplicar el artículo 461 de la Ley General de Electricidad 125-01, que establece que; si en el período a facturar existen diferentes tarifas, en cada parte del período debe facturarse según los términos vigentes en ese momento.

La medida está en la Resolución SIE-080-2022-TF, y se refiere específicamente a los meses de noviembre de 2021, enero y abril del 2022.

Quiere decir que, si dentro de un mismo período de facturación la tarifa experimenta una variación, los consumos realizados por el cliente deberán ser facturados de manera prorrateada de acuerdo a las condiciones tarifarias”, señala la entidad que regula subsector eléctrico.

Con el objetivo de realizar de forma justa y transparente el proceso de compensación a los usuarios regulados; la SIE también estableció a través de esta resolución la metodología que las EDES deberán aplicar.

La diferencia entre los precios de la tarifa de transición a aplicar y la fracción de la tarifa aplicada que correspondía a los meses de noviembre 2021 y enero 2022, deberán ser acreditadas o debitadas, según corresponda, en la facturación de septiembre 2022. Mientras que los cambios tarifarios correspondientes al mes de abril 2022 deberán acreditados o debitados en la facturación de octubre de 2022.

FUENTE: CDN

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