domingo, abril 28, 2024

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Caso SGACEDOM: Posponen para el 9 de febrero medida cautelar en el TSA a solicitud de los abogados del gremio

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La medida cautelar programada para el 9 de febrero en el Tribunal Superior Administrativo (TSA) ha sido pospuesta a solicitud de los abogados de Sgacedom, quienes buscan revisar los documentos presentados en el proceso, generados por ellos mismos.

La solicitud de medida cautelar fue presentada por ocho autores y compositores. Estos buscan la suspensión de la asamblea general eleccionaria prevista para el 11 de febrero. Argumentan que los nuevos estatutos de Sgacedom, que regularán dichas elecciones, violan el principio de igualdad consagrado en la Constitución de la República Dominicana.

Porqué de la medida cautelar para detener la celebración de las elecciones Sgacedom.

Los firmantes y otros socios en la misma línea hemos decidido interponer esta medida por las razones siguientes:
1- Porque los nuevos estatutos en vez de democratizar y reconocer derechos de participación los socios, como manda la ley, estos estatutos discriminar y arrebatan derechos a los titulares;

2- Porque de celebrarse las elecciones con esos estatutos, solo uno o dos socios decidirán quienes ganan;

3- Porque de 625 catorce socios que liquidan y por consiguiente aportan para la administración de Sgaedom, solo fueron considerados para ejercer el derecho de elegir y ser elegido una cantidad de 111 socios;

4- Porque de los 514 socios restantes Generan más dinero en Sgacedom que los 111, pero no tienen derecho a participar en sus asambleas para decidir por ellos mismos;

5-Porque realmente este proceso no es eleccionario sino señalado y escogido una sola plancha, porque la mayoría se les impidió participar con esos estatutos;

6- Porque de aceptar que se coloque esa plancha, esos estatutos permitirán que hagan todo lo que quieran con Sgacedom sin contar con los socios;

7-Porque la única manera de arreglar esos esos estatutos y restaurar los derechos de los socios, es con esta medida cautelar… detener las elecciones y por obligación reformar los estatutos y restaurar el derecho de los socios;

8-Porque si se coloca ese nuevo consejo, se aprobará un órgano de gestión bajo una ley que no es la 65-00 y por tal los autores no estarán representados por esa ley ( 122-05);

9- Porque la medida cautelar es la única forma de lograr la reforma estatutaria y borrar todas las ilegalidades que contienen;

10-Repito, con esos estatutos 514 autores están impedidos de participar de asambleas eleccionarias, ordinarias o extraordinarias.

11-Porque de celebrarse esas “ELECCIONES”, podría desatar situaciones futuras que provocarían la intervención del gobierno, entre otras tantas razones que en su momento los socios se escandalizarán.

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